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CONTRATISTAS DEBEN REGISTRAR PLAN PARA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO

 

PETROPERÚ informa que, a partir de la fecha, es requisito indispensable para el inicio de la ejecución de un servicio u obra que los proveedores hayan realizado el registro de su “Plan para Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el trabajo”, en la plataforma en el Sistema Integrado para COVID-19 (SICOVID), de acuerdo a la Resolución Ministerial N°. 239-2020-MINSA. 

En tal sentido, previo al inicio del servicio u obra, el contratista debe remitir la evidencia del registro de su Plan para Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el trabajo. El incumplimiento será causal de resolución de contrato. 

Los contratistas con servicios u obras en ejecución también deberán cumplir con esta obligación, para lo cual deberán coordinar con el Administrador de Contrato el plazo para presentar la evidencia del registro del Plan. 

De esta manera, PETROPERÚ y sus contratistas cumplen con los lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al COVID-19 en nuestro país.